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Nueva distribución del Fondo Nacional Pesquero como ocurre cada mes

Con un quorum de ocho miembros, el cuerpo colegiado informó que al 20 de septiembre último el Informe Financiero de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura ascendía a la suma de $17.959.434.058,33 de los cuales $545.742.377,56, corresponden al embarque de inspectores.

Dado que el CFP ha distribuido a la fecha $6.411.315.053,17 ($6.004.930.050,28 + $406.385.002,89 correspondientes al embarque de inspectores) quedó un saldo a distribuir de $11.408.761.630,49 correspondientes a recursos coparticipables y no coparticipables y de $ 139.357.374,67 por embarque de inspectores.

Por unanimidad se decidió asignar los fondos de la siguiente manera:

50% de recursos no coparticipables ($ 5.704.380.815,24)

  • Autoridad de Aplicación $ 1.714.380.815,24
  • Inidep $ 1.480.000.000,00
  • Patrullaje y Control $ 1.480.000.000,00
  • CFP $ 800.000.000,00
  • Capacitación $ 230.000.000,00

50% de recursos coparticipables ($ 5.704.380.815,24)

  • Provincia de Buenos Aires $ 950.730.135,87
  • Provincia de Río Negro $ 950.730.135,87
  • Provincia de Chubut $ 950.730.135,87
  • Provincia de Santa Cruz $ 950.730.135,87
  • Provincia de Tierra del Fuego,
  • Antártida e Islas del Atlántico Sur $ 950.730.135,87
  • Nación $ 950.730.135,87

Los $1.714.380.815,24 asignados a la Autoridad de Aplicación deberán transferirse sobre la base de lo que establezca dicha autoridad.

Los $ 1.480.000.000,00 asignados al INIDEP, deberán transferirse, según lo requerido por el Instituto, para llevar a cabo las tareas de investigación pesquera.

De los $ 1.480.000.000,00 correspondientes al ítem Patrullaje y Control, a los efectos de reforzar el control en la Zona Económica Exclusiva argentina, deberán transferirse $740.000.000,00 a la Armada Argentina y $740.000.000,00 a la Prefectura Naval Argentina, imputando dichas cantidades al saldo de los convenios celebrados entre ambas instituciones y la Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca de la entonces Secretaría de Bioeconomía.

De los $ 800.000.000,00 asignados al ítem CFP, deberán transferirse, para su funcionamiento $ 780.000.000 a la Carta Acuerdo Fundación Argeninta-CFP Nº 1/10 y $ 20.000.000 a la Carta Acuerdo Fundación Argeninta-CFP Nº 4/12, componente 1.

Los $ 230.000.000,00 asignados al ítem Capacitación, deberán transferirse a la Carta Acuerdo Fundación Argeninta-CFP Nº 1/10.

Los $ 950.730.135,87 asignados a la Provincia de Buenos Aires, deberán transferirse a la Carta Acuerdo N° 5/2010 suscripta por el Ministerio de Desarrollo Agrario de la Provincia de Buenos Aires con la Fundación Argeninta, en virtud de la nota de fecha 3 de mayo de 2024 enviada por la Subsecretaria de Agricultura, Ganadería y Pesca, Representante de la Provincia ante el CFP.

De los $ 950.730.135,87 asignados a la Provincia de Río Negro, en virtud de la Nota SP MDEyP N° 72/2024, de fecha 9/05/24, enviada por el Ministerio de Producción y Agroindustria de la Provincia de Río Negro, deberán transferirse:

El 60% ($570.438.081,52) a la Carta Acuerdo N° 1/2014 del Convenio Marco  suscripto por dicho Ministerio y la FUNBAPA el 14 de febrero de 2014, y el 40% restante ($380.292.054,35) a la cuenta informada por la Provincia para recibir los recursos del FONAPE.

A cada una de las provincias con litoral marítimo restantes deberán transferirse $950.730.135,87, a las cuentas y en las condiciones ratificadas por cada una de ellas para el ejercicio 2024.

A la Nación deberá transferirse $950.730.135,87 sobre la base de lo que establezca la Autoridad de Aplicación y $139.357.374,67.

Asimismo el Consejo Federal Pesquero, a través de su acta nro. 17, dejó escrito que dado que a la fecha se ha superado el techo de crédito presupuestario vigente del Programa 36- Formulación de Políticas de los Sectores Pesquero y Acuícola, Fuente de Financiamiento 13 –Recursos con Afectación Específica, se solicitó a la Autoridad de Aplicación que priorice y dé la mayor celeridad a la gestión de ampliación del crédito presupuestario vigente y de disponibilidad de cuotas de caja para efectivizar la distribución y transferencia de la totalidad de los recursos del FO.NA.PE. y cumplir con la manda legal (Ley 24.922) que determina con claridad el destino específico de esos fondos.