Inicio » La Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo argentino – uruguayo dio a conocer la octava resolución del año.
Con una publicación a través del Boletín Oficial de la República Argentina, la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo, mediante su Resolución 8/2024 y fechada en Montevideo al 29 de agosto último, indicó la fecha por la cual ha quedado prohibida la pesca del calamar Illex argentinus en la Zona Común de Pesca que comparte la Argentina con su par uruguayo.
A través de “la necesidad de adoptar medidas para la conservación y racional explotación de la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca”, según indica el texto oficial y de acuerdo al asesoramiento técnico recibido por la Comisión, “resulta necesario proteger las actuales concentraciones de ejemplares juveniles de la especie para la temporada extractiva 2025.”
Atento lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo, la Comisión Técnica Mixta del Frente Marítimo, con la firma de ambos presidentes –Luis E. Bellando y Zapicán Bonino- resolvió:
Artículo 1º) Prohíbase la pesca dirigida a la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca a partir del 31 de agosto de 2024.
Artículo 2º) Considérese la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.
Artículo 3º) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 4º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.