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El Senado Nacional y la Cámara de Diputados aprobaron el Acuerdo de Ciudad del Cabo

La importancia del Acuerdo se refleja en la contribución a una navegación segura, legal y sostenible por lo que se espera que se mejoren las normas de seguridad de más de 64 mil buques de 24 metros de eslora en todo el mundo.

Su objetivo es facilitar un mejor control de la seguridad de los buques pesqueros por parte de los Estados rectores de puerto, los Estados de abanderamiento y los Estados ribereños, como así también contribuya a la lucha contra la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada y a la prevención de la contaminación por plásticos marinos provenientes de redes de pesca y otros equipos abandonados.

Ya en el mes de mayo, la Comisión de Intereses Marítimos, Fluviales, Pesqueros y Portuarios, presidida por el recientemente fallecido diputado Héctor “Tito” Stefani, había emitido un dictamen a favor sobre tres proyectos de Ley que ratifican acuerdos internacionales y que contaban con media sanción del Senado argentino.

Ahora nuestro país, al suscribir a este Convenio deberá presentar por cada una de las embarcaciones diversos certificados donde debe incluir entre decenas de requisitos, inventarios de equipos que se utilizan, características de los buques, habitabilidad, prevención y detección de incendios, medios de salvamento y un certificado internacional de seguridad.

El Acuerdo entrará en vigor doce meses después de la fecha en que por lo menos veintidós Estados, que en total tengan como mínimo 3.600 buques pesqueros de eslora igual o superior a 24 metros y que operen en alta mar y que hayan manifestado su consentimiento en obligarse al mismo.

Parte del textual de lo publicado en el Boletín Oficial de nuestro país indica: “apruébese el Acuerdo de Ciudad del Cabo de 2012 sobre la implantación de las Disposiciones del Protocolo de Torremolinos de 1993 Relativo al Convenio Internacional de Torremolinos para la Seguridad de los Buques Pesqueros, 1977, celebrado en Ciudad del Cabo –República de Sudáfrica- el 11 de octubre de 2012, que consta de cuatro artículos y un anexo y el que, como Anexo, en los idiomas español, árabe, chino, francés, inglés y ruso, forma parte de la presente Ley.”